La ética en la informática atiende, entre otras cuestiones, a los problemas que relacionados con el software informático que atenta contra la propiedad intelectual. Los programas de ordenador suponen un tipo de propiedad que no encaja fácilmente en los conceptos de propiedad de otros tipos de bienes. En principio parece que el problema podría reducirse a la protección de la propiedad intelectual. Sin embargo, la pregunta que surge plantearnos la protección de software es qué es de hecho un programa. ¿Es un algoritmo o una idea que no puede ser poseído por nadie porque pertenece al patrimonio cultural de la humanidad? ¿es propiedad intelectual que puede ser poseída y protegida?
De esta situación se generan problemas de posesión de propiedad, atribución, pirateo, plagio, derechos de autor, secretos industriales, derechos sobre productos, etc. Unido a esto están los problemas de cesión de software comercial, la creación de nuevo software a partir de uno ya existente, la mejora de productos utilizando materiales registrados de la competencia, la reclamación de la propiedad de un software realizado por uno en la universidad o en la empresa, etc. [41].
Asociaciones como la ACM (Association for Computing Machinery, véase Apéndice A) y la española ATI (Asociación de Técnicos en Informática, véase Apéndice A), apoyan a través de sus códigos deontológicos, el derecho a la propiedad intelectual. Estos códigos instruyen a los informáticos a respetar la propiedad intelectual de otros, por lo que no deben atribuirse los méritos de un trabajo o idea que no haya sido realizado por uno mismo.